Martes 30 de julio feriado no laborable para el sector público

feriadoEste martes 30 de Julio será feriado no laborable para los empleados del sector público, ya que fue declarado como feriado no laborable para el sector público, algo que los empleados público agradecen. De esta manera los trabajadores del sector público y los privados podrán disfrutar del nuevo feriado largo en 2013.

Este tipo de feriados largos tienen por finalidad la de impulsar el turismo interno en el Perú, a partir del acuerdo al decreto supremo que fuera publicado el 31 de Diciembre en 2012, permitiendo que los trabajadores del sector público gocen de otro Feriado largo en el Calendario 2013, vienen de disfrutar de otro feriado largo entre el 27 y 30 de Junio de este año, que también tenía como objetivo turístico el promover e impulsar el turismo interno en todo el Perú, recordando que entonces el sábado 29 de Junio se celebró el Día del Papa y el Día de San Pedro y San Pablo.

Compensación de Horas No Laboradas:

La norma es clara, las horas No laboradas deben compensarse en la semana posterior al día no laborable por el feriado, o en todo caso en el momento que lo estime el titular de la entidad pública que corresponda, además de que deben garantizar la provisión de los servicios que resultaran indispensables para los ciudadanos.

Trabajadores Sector Privado:

Los trabajadores del sector privado, al igual que en otros feriados largos, los trabajadores privados también tienen derecho a disfrutar del feriado largo una vez acordado con sus respectivos empleadores el feriado largo del sábado 27 al martes 30 de Julio, por las Fiestas Patrias. Se establece que los centros laborales del sector privado disponen del derecho a acogerse a la medida establecida por el gobierno peruano, debiendo existir un acuerdo entre el empleador y sus trabajadores.

Días No Laborables:

Los trabajadores del sector público disponen de un total de 9 días No laborables compensables en el Calendario 2013, así lo ha establecido el Gobierno para el Calendario de feriados si bien deben ser recuperados por los empleados. Según la normativa que en su momento publicó el diario El Peruano, las horas No laboradas se las tendrán que compensar en la semana siguiente a la del día no laborable según lo indique el titular de cada entidad pública. Se trata de una medida aplicada por el Ejecutivo con el fin de impulsar  el desarrollo de la actividad turística en las diferentes regiones del Perú.

Días No Laborables:

-Lunes 11de Febrero

-Martes 12 de Febrero

-El jueves 27  de Junio

-El viernes 28 de Junio

-El martes 30 de Julio

-El  jueves 29 de Agosto

-El lunes 7 de Octubre

-El lunes 30 de Diciembre

-El martes 31 de Diciembre.

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