Seguro Prestamo Efectivo Protegido de InterBank

El InterBank es uno de los bancos más importantes del mercado peruano, el mismo cuenta con una extensa red de sucursales a través de las cuales se puede acceder a una amplia variedad de productos y servicios financieros, entre los cuales se pueden encontrar las cajas de ahorro, los créditos prendarios y los depósitos a plazo fijo, entre otros.
En esta oportunidad vamos a enumerar los principales beneficios que ofrece el Seguro Préstamo Efectivo Protegido que comercializa el InterBank, las mismas son:

  • Cuenta con ocho planes distintos que se ajustan a tus necesidades.
  • Te ofrece coberturas en casos de invalidez total y permanente por accidente o enfermedad; desempleo involuntario; incapacidad física total y temporal; y enfermedades graves.
  • Tiene planes con primas desde 45 Soles y 18 Dólares.
  • La fecha de inicio de la vigencia se dará desde las 00:00 horas de la fecha de la firma de la solicitud certificado del seguro.

Coberturas.

Las principales coberturas de este seguro son:

  • Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad: Si estás asegurado y antes de cumplir la edad límite de permanencia sufres una pérdida, disminución de fuerza física o intelectual, que te produzca un menoscabo de por lo menos dos terceras partes de su capacidad (2/3).Esta tiene que ser reconocida por una comisión médica.
  • Desempleo Involuntario: En este caso, la compañía te otorgará una indemnización por cada 30 días calendario de desempleo, que equivale a una cuota mensual de la deuda que hayas contraído con ésta. Aplica únicamente para trabajadores dependientes.
  • Incapacidad Física Total y Temporal: Si como asegurado te ves afectado por una situación de incapacidad física total y temporal, por enfermedad o accidente, se te otorgará una indemnización del pago de cuotas mensuales de la deuda que has contraído con la compañía. En el caso de enfermedades graves se te pagará una indemnización que equivale al pago de una cuota por cada 30 días calendario, contados desde el diagnóstico de la enfermedad, siempre y cuando el asegurado haya sobrevivido los primeros 30 días.
  • Enfermedades Graves: Se pagará al Asegurado una indemnización equivalente al pago de una Cuota por cada treinta (30) días calendario contados desde el diagnóstico de la Enfermedad Grave, siempre y cuando el Asegurado haya sobrevivido los primeros treinta (30) días desde la fecha de dicho diagnóstico. En este caso, como asegurado se te pagará una indemnización que equivale al pago de una Cuota por cada treinta (30) días calendario, contados desde el día del diagnóstico de la Enfermedad Grave. Aplica siempre y cuando el asegurado haya sobrevivido los primeros treinta (30) días desde la fecha del diagnóstico.

Exclusiones.

Las principales exclusiones de este seguro son:

  • Para Desempleo Involuntario: No cubre cuando el ex–empleador no cuenta con oficina registrada en Perú, el Asegurado renunció o se ha jubilado (pensionado). Tampoco aplica en caso de suspensión del contrato por cualquier causa o por no regresar el trabajador a su empleo al haber sido notificado de la reanudación del trabajo.
  • Para Incapacidad Física Total y Temporal: Enfermedades crónicas o preexistentes al inicio del seguro, heridas auto infligidas, tentativa de suicidio, accidentes que surjan de la Participación en deportes riesgosos.
  • Para Enfermedades Graves: No cubre al confirmarse casos de intento de suicidio o autolesión. Adicción al alcohol y drogas. SIDA y enfermedades relacionadas al VIH.
  • Para Invalidez Total y Permanente Por Accidente: Cualquier consecuencia de tratamientos médicos o quirúrgicos que no sean motivados por accidentes. Cirugía Plástica o Cosmética. Participación activa en cualquier acto delictivo.

Requisitos.

Los principales requisitos que deberán satisfacer los aspirantes a este seguro son:

  • Edad mínima para afiliación: 18 años.
  • Edad máxima para afiliación: 64 años.
  • Edad máxima de permanencia: 70 años.

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