Seguro Protección Negocio de Mibanco

Seguros Mibanco te ofrece la póliza Protección Negocio, la cual está destinada a proteger únicamente los bienes que se encuentren dentro del local o locales, que sean propiedad del asegurado hasta por el monto de su préstamo o suma asegurada, pudiendo solicitarse en el momento de la evaluación crediticia o en el desembolso del préstamo. Con el Seguro Protección Negocio podrás trabajar con tranquilidad sabiendo que todos tus bienes dentro del local están cubiertos.

Coberturas

  • En caso de incendio.
  • Por consecuencia de rayos, incendio en aparatos eléctricos y explosiones.
  • Daños ocurridos a causa de inundaciones o por agua, incluyendo si es por lluvia.
  • En daños ocasionados por la infiltración de humo.
  • Formaciones de huayco.
  • Huelga, conmoción civil, asonada, daño malicioso, vandalismo, sabotaje y terrorismo.
  • Por consecuencias de terremoto y/o maremoto.
  • Por robo y/o asalto, si el préstamo es mayo o igual a S/ 24.000.

Exclusiones

  • Dolo o culpa inexcusable del asegurado y/o sus dependientes.
  • Guerra civil o internacional, esté o no declarada.
  • Invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones de guerra, rebelión o sedición.
  • Riesgos atómicos y nucleares.
  • Vicio propio, fermentación o combustión espontánea y sometimiento a procesos de calefacción o desecación.
  • Incendio de plantaciones, bosques, selvas, monte bajo, praderas, pampas y malezas o fuego empleado para el despeje del terreno.
  • Deslizamiento, derrumbe o desprendimiento de tierra, piedras, rocas y demás materiales caídos en o sobre los bienes asegurados.
  • Derrumbamiento parcial o total de edificios.
  • Lucro cesante ni los gastos adicionales en que incurra el asegurado para aminorar o evitarlo.

Requisitos y condiciones

  • Debe ser cliente de Mibanco.
  • Tener un negocio propio, cuya actividad no se encuentre fuera de la cobertura de la póliza.
  • El cliente debe ser persona natural, obtener un crédito en Mibanco y no encontrarse dentro de los giros y bienes no asegurables.
  • Ser propietario de un negocio, cuya actividad o giro no esté excluida de la cobertura del seguro o no esté inmerso en las exclusiones de la póliza.

En caso de siniestro

  • Comunicar el siniestro por escrito de manera inmediata a Mibanco, el cual tramitará el pago de la indemnización correspondiente ante la compañía.
  • El informe deberá ser efectuado mediante el llenado del formulario de Reporte de Siniestro y tendrá el mismo efecto que si hubiera sido presentada ante la compañía.
  • Adjuntar el original o copia legalizada de la denuncia policial y la declaración detallada de la pérdida.
  • La compañía tendrá siempre el derecho de solicitar cualquier otro antecedente o documento que acredite la preexistencia de los bienes siniestrados que estime necesarios para la evaluación del siniestro correspondiente.
  • Desde la fecha en que el asegurado presente todos los documentos al contratante y/o Compañía de Seguros, esta tendrá como máximo 10 días útiles para emitir una comunicación al asegurado.
  • En caso de que el asegurado se negara o no cumpliera con la entrega de los documentos solicitados podrá perder el derecho a la cobertura.

¡Asegura los bienes de tu comercio con Protección Negocio de Mibanco y trabaja tranquilo! Para mayor información, ingrese en: www.mibanco.com.pe.
 

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