Seguros Mibanco te ofrece la póliza Protección Negocio, la cual está destinada a proteger únicamente los bienes que se encuentren dentro del local o locales, que sean propiedad del asegurado hasta por el monto de su préstamo o suma asegurada, pudiendo solicitarse en el momento de la evaluación crediticia o en el desembolso del préstamo. Con el Seguro Protección Negocio podrás trabajar con tranquilidad sabiendo que todos tus bienes dentro del local están cubiertos.
Coberturas
- En caso de incendio.
- Por consecuencia de rayos, incendio en aparatos eléctricos y explosiones.
- Daños ocurridos a causa de inundaciones o por agua, incluyendo si es por lluvia.
- En daños ocasionados por la infiltración de humo.
- Formaciones de huayco.
- Huelga, conmoción civil, asonada, daño malicioso, vandalismo, sabotaje y terrorismo.
- Por consecuencias de terremoto y/o maremoto.
- Por robo y/o asalto, si el préstamo es mayo o igual a S/ 24.000.
Exclusiones
- Dolo o culpa inexcusable del asegurado y/o sus dependientes.
- Guerra civil o internacional, esté o no declarada.
- Invasión, acto de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones de guerra, rebelión o sedición.
- Riesgos atómicos y nucleares.
- Vicio propio, fermentación o combustión espontánea y sometimiento a procesos de calefacción o desecación.
- Incendio de plantaciones, bosques, selvas, monte bajo, praderas, pampas y malezas o fuego empleado para el despeje del terreno.
- Deslizamiento, derrumbe o desprendimiento de tierra, piedras, rocas y demás materiales caídos en o sobre los bienes asegurados.
- Derrumbamiento parcial o total de edificios.
- Lucro cesante ni los gastos adicionales en que incurra el asegurado para aminorar o evitarlo.
Requisitos y condiciones
- Debe ser cliente de Mibanco.
- Tener un negocio propio, cuya actividad no se encuentre fuera de la cobertura de la póliza.
- El cliente debe ser persona natural, obtener un crédito en Mibanco y no encontrarse dentro de los giros y bienes no asegurables.
- Ser propietario de un negocio, cuya actividad o giro no esté excluida de la cobertura del seguro o no esté inmerso en las exclusiones de la póliza.
En caso de siniestro
- Comunicar el siniestro por escrito de manera inmediata a Mibanco, el cual tramitará el pago de la indemnización correspondiente ante la compañía.
- El informe deberá ser efectuado mediante el llenado del formulario de Reporte de Siniestro y tendrá el mismo efecto que si hubiera sido presentada ante la compañía.
- Adjuntar el original o copia legalizada de la denuncia policial y la declaración detallada de la pérdida.
- La compañía tendrá siempre el derecho de solicitar cualquier otro antecedente o documento que acredite la preexistencia de los bienes siniestrados que estime necesarios para la evaluación del siniestro correspondiente.
- Desde la fecha en que el asegurado presente todos los documentos al contratante y/o Compañía de Seguros, esta tendrá como máximo 10 días útiles para emitir una comunicación al asegurado.
- En caso de que el asegurado se negara o no cumpliera con la entrega de los documentos solicitados podrá perder el derecho a la cobertura.
¡Asegura los bienes de tu comercio con Protección Negocio de Mibanco y trabaja tranquilo! Para mayor información, ingrese en: www.mibanco.com.pe.